domingo, 9 de marzo de 2008

Defendamos la paz


"Después de esto aduciré, haciendo contraste con lo anterior, verdades sacadas del mismo canon de los libros sagrados, con las exposiciones de los santos intérpretes, en nada imaginarias, ni extrañas ni falsas, sino concordes entre sí y apropiadas, con las que se demuestra abiertamenteque ni el obispo romano llamado Papa, ni ningún otro cualquier presbítero, obispo o ministro espiritual, individual o colectivamente, en cuanto tales, ni tomados en grupo como colegio, tiene ni debe tener jurisdicción alguna real o personal coactiva sobre cualquier presbítero, obispo o diácono o sobre su colegio; y que mucho menos el mismo o alguno de ellos colegialmente o individualmente tiene tal jurisdicción sobre cualquier príncipe o principado, comunidad, colegio o persona particular seglar, de cualquier condición que fuere, a no ser que en último término esa tal jurisdicción le hubiere sido concedida por el legislador humano en determinada provincia a un presbítero, o a algún obispo o a su colegio".

La polémica entre el ciudadano y el creyente es la más vieja del mundo. Ya Marsilio de Padua (1275-1343) mantenía opiniones avanzadísimas en aquel siglo XIV ensombrecido por la luminaria del aquinate, pero que hoy y desde otro color de gafas nos puede parecer más luminoso que el buey mudo.


"queremos saber si pertenece al obispo romano o a cualquier otro obispo o presbítero o diácono, o al colegio de ellos, los que suelen decirse hombres de iglesia, eclesiásticos, ser juez coactivo de asuntos temporales o espirituales o de ambos, o si ni para los unos ni para los otros son ellos tales jueces"


"queremos mostrar que Cristo, consecuente con su propósito e intención, de palabra y de obra, se quiso excluir y se excluyó a sí mismo y a sus apóstoles del oficio de gobernar o de la jurisdicción contenciosa, del régimen o juicio coactivo cualquiera en este mundo. Esto aparece sin lugar a duda, primero, en el pasaje de Juan, 18°. Pues siendo Cristo acusado ante Poncio Pilato, vicario del príncipe romano en Judea, por decirse él rey de los judíos, interrogándole Pilato si había dicho tal cosa o se decía él rey, respondió Cristo entre otras cosas a la pregunta de Pilato estas palabras: Mi reino no es de este mundo, es decir, no vine a reinar con un régimen o dominio temporal, del modo como reinan los reyes del mundo, en prueba de lo cual en seguida da el mismo Cristo la señal manifiesta: Si de este mundo fuera mi reino, mis servidores cierto que lucharían para que no fuera entregado a los judíos."

"No queremos, sin embargo, decir con esto que sea desaconsejado ejercer coacción sobre los herejes y otros infieles, pero aseveramos que esta autoridad, si ello entra en lo lícito, compete exclusivamente al legislador humano.

No le compete, pues, a cualquier sacerdote u obispo la potestad coactiva, sino deben, igual ellos que los demás, someterse en esto a los jueces seculares en esa potestad, como hemos dicho."


"Porque el primer ciudadano o la primera parte del régimen civil, a saber, el príncipe, ya sea un hombre o muchos, comprenderá, por las verdades escritas en este libro, humanas unas, divinas otras, que a él sólo le compete la autoridad de mandar a la multitud sometida colectiva o individualmente, y de castigar, a cada uno, si es preciso, según las leyes dadas, y de no hacer nada fuera de ellas, sobre todo en lo dificultoso, sin el consentimiento de la multitud sometida, o del legislador, ni provocar a la multitud ni al legislador, porque en la expresa voluntad de éste estriba la autoridad del principado."

Las anteriores citas tienen 684 años.

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